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LA CONCEJALIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y JUVENTUD INFORMA DE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS SOBRE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTOS PARA USO DE VIVIENDA HABITUAL POR EL ESTADO DE ALARMA. - 16/04/2020

 
 

La Concejalia de  
Desarrollo Economico y Juventud informa del establecimiento de las  
medidas extraordinarias que afectan a los contratos de arrendamientos  
para uso de vivienda habitual, en virtud del Real Decreto-Ley 11/2020,  
de 31 de marzo, que tienen como objetivo apoyar a las personas que no  
puedan pagar sus alquileres por encontrarse en situación de  
vulnerabilidad por el COVID-19 y no tengan alternativa habitacional. 

En este sentido, se  
suspenden, por ello, los desahucios durante seis meses desde la entrada  
en vigor del estado de alarma.; y se implanta la renovación automatica  
de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a  
la entrada en vigor de esta norma. Esta prorroga sera de seis meses y en  
ella se mantendran los terminos y condiciones del contrato en vigor.

A su vez, se establece una  
moratoria automatica en el pago de su renta para aquellos arrendatarios  
en situacion de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de  
vivienda, tanto publico como privado, incluido el Fondo Social de  
Vivienda de las entidades financieras. Se entiende como tal a quien  
posea mas de diez inmuebles. 

En el caso que el  
arrendador, no sea un gran tenedor de inmuebles, el inquilino, siempre  
que se encuentre en situacion de vulnerabilidad, podra solicitar un  
aplazamiento en el pago de su renta. El arrendador tendra siete dias  
para aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo. La moratoria en  
el pago de la renta se prolongara mientras dure el estado de alarma o  
mientras persista la situacion de vulnerabilidad, con un maximo de  
cuatro meses.

Si no hubiera un acuerdo,  
el inquilino tendra acceso a un programa de ayudas transitorias de  
financiacion a coste cero con aval del Estado. El inquilino podra  
solicitar un credito finalista, directamente pagado al arrendador, por  
importe de hasta seis mensualidades de la renta de alquiler, a devolver  
en un periodo maximo de diez años. Este credito no tendra interes, y  
sera concedido por las entidades de credito y contara con el aval del  
Estado, a traves del Instituto de Credito Oficial, que firmara el  
correspondiente acuerdo con el Ministerio de Transportes, Movilidad y  
Agenda Urbana.

Para personas que tengan  
problemas mas permanentes para el pago del alquiler, se establece  
tambien un nuevo programa de ayudas directas al alquiler sobre vivienda  
habitual y que podran ser añadidas a las citadas anteriormente. La norma  
incorpora un programa especifico para victimas de violencia de genero,  
personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, a fin de dotarles  
de una solucion habitacional inmediata. 

En tal caso, se establece  
una ayuda de hasta 600 euros al mes, que puede elevarse en casos  
justificados hasta 900 euros, siempre con un limite del 100% de la renta  
del inmueble. Y se añaden otros 200 euros para la atencion de los  
gastos de mantenimiento, comunidad y suministros basicos, con un limite  
del 100% de los mismos.

Por ultimo, el nuevo  
paquete de medidas trata de garantizar los suministros basicos a mas  
hogares. Así, se amplia el colectivo de potenciales perceptores del bono  
social electrico, como los autonomos que hayan cesado su actividad o  
visto reducidos sus ingresos en mas de un 75%.Ademas, se establecen  
medidas para garantizar la continuidad de los suministros energeticos y  
de agua en el hogar, prohibiendose su suspension por motivos distintos a  
la seguridad del suministro. El periodo durante el que este en vigor el  
estado de alarma no computara a efectos de los plazos de los  
procedimientos de suspension del suministro iniciados con anterioridad.

 

 


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