EL PLAN DE REACTIVACION POST COVID-19 DE LA REGION DE MURCIA INCLUYE MEDIDAS DIRIGIDAS A ALIVIAR LOS GASTOS POR EL ALQUILER DE VIVIENDA. - 07/05/2020
La Concejalia de Desarrollo Economico informa de la puesta en marcha en la Region de Murcia del Plan de Reactivacion Post Covid-19.
La
Concejalia de Desarrollo Economico informa de la puesta en marcha en la Region
de Murcia del Plan de Reactivacion Post Covid-19, el cual incluye una serie de
medidas dirigidas a aliviar los gastos en materia de vivienda.
Una
linea de medidas ira dirigida a posibilitar que 650 familias que llevan mas de
25 años pagando alquiler por vivienda del parque de la comunidad autonoma pasen
a ser propietarias. De este plan de impulso de vivienda protegida, destinado a
aquellas personas que tienen mayores dificultades para soportar la crisis,
tambien se veran beneficiados jubilados, parados de mas de 50 años, familias
numerosas, con personas con discapacidad a su cargo o con mayores y al menos un
niño, así como mujeres victimas de violencia machista.
En
este caso, deberan haber pagado alquiler puntualmente al menos durante una decada.
Para acogerse a esta medida, no deberan poseer otra residencia y su nivel de
ingresos tendra que estar situado por debajo de 1,5 veces el Iprem, el
indicador publico de renta que se utiliza para la concesion de ayudas,
subvenciones y subsidio
Asimismo
la Comunidad tambien destinara 16 millones de euros para ayudas al pago de
alquileres, mediante una linea especifica regulada por una orden que ultima el
Gobierno regional, dando cumplimiento por tanto, al Real Decreto-Ley 11/2020,
de 31 de marzo, que tienen como objetivo apoyar a las personas que no puedan
pagar sus alquileres por encontrarse en situacion de vulnerabilidad por el
COVID-19 y no tengan alternativa habitacional
En
este sentido, se suspenden, por ello, los desahucios durante seis meses desde
la entrada en vigor del estado de alarma.; y se implanta la renovacion automatica
de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la
entrada en vigor de esta norma. Esta prorroga sera de seis meses y en ella se
mantendran los terminos y condiciones del contrato en vigor.
A
su vez, se establece una moratoria automatica en el pago de su renta para aquellos
arrendatarios en situacion de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran
tenedor de vivienda, tanto publico como privado, incluido el Fondo Social de
Vivienda de las entidades financieras. Se entiende como tal a quien posea mas
de diez inmuebles.
En
el caso que el arrendador, no sea un gran tenedor de inmuebles, el inquilino,
siempre que se encuentre en situacion de vulnerabilidad, podra solicitar un
aplazamiento en el pago de su renta. El arrendador tendra siete dias para
aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo. La moratoria en el pago de la
renta se prolongara mientras dure el estado de alarma o mientras persista la
situacion de vulnerabilidad, con un maximo de cuatro meses.
Si
no hubiera un acuerdo, el inquilino tendra acceso a un programa de ayudas transitorias
de financiacion a coste cero con aval del Estado. El inquilino podra solicitar
un credito finalista, directamente pagado al arrendador, por importe de hasta
seis mensualidades de la renta de alquiler, a devolver en un periodo maximo de
diez años. Este credito no tendra interes, y sera concedido por las entidades
de credito y contara con el aval del Estado, a traves del Instituto de Credito
Oficial, que firmara el correspondiente acuerdo con el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Para
personas que tengan problemas mas permanentes para el pago del alquiler, se
establece tambien un nuevo programa de ayudas directas al alquiler sobre
vivienda habitual y que podran ser añadidas a las citadas anteriormente. La
norma incorpora un programa especifico para víctimas de violencia de genero,
personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, a fin de dotarles de una
solucion habitacional inmediata.
En
este sentido, se suspenden, por ello, los desahucios durante seis meses desde
la entrada en vigor del estado de alarma.; y se implanta la renovacion automatica
de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la
entrada en vigor de esta norma. Esta prorroga sera de seis meses y en ella se
mantendran los terminos y condiciones del contrato en vigor.
A
su vez, se establece una moratoria automatica en el pago de su renta para aquellos
arrendatarios en situacion de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran
tenedor de vivienda, tanto publico como privado, incluido el Fondo Social de
Vivienda de las entidades financieras. Se entiende como tal a quien posea mas
de diez inmuebles.
En
el caso que el arrendador, no sea un gran tenedor de inmuebles, el inquilino,
siempre que se encuentre en situacion de vulnerabilidad, podra solicitar un
aplazamiento en el pago de su renta. El arrendador tendra siete dias para
aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo. La moratoria en el pago de la
renta se prolongara mientras dure el estado de alarma o mientras persista la
situacion de vulnerabilidad, con un maximo de cuatro meses.
Si
no hubiera un acuerdo, el inquilino tendra acceso a un programa de ayudas transitorias
de financiacion a coste cero con aval del Estado. El inquilino podra solicitar
un credito finalista, directamente pagado al arrendador, por importe de hasta
seis mensualidades de la renta de alquiler, a devolver en un periodo maximo de
diez años. Este credito no tendra interes, y sera concedido por las entidades
de credito y contara con el aval del Estado, a traves del Instituto de Credito
Oficial, que firmara el correspondiente acuerdo con el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Para
personas que tengan problemas mas permanentes para el pago del alquiler, se
establece tambien un nuevo programa de ayudas directas al alquiler sobre
vivienda habitual y que podran ser añadidas a las citadas anteriormente. La
norma incorpora un programa especifico para víctimas de violencia de genero,
personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, a fin de dotarles de una
solucion habitacional inmediata.
En
tal caso, se establece una ayuda de hasta 600 euros al mes, que puede elevarse
en casos justificados hasta 900 euros, siempre con un limite del 100% de la
renta del inmueble. Y se añaden otros 200 euros para la atencion de los gastos
de mantenimiento, comunidad y suministros basicos, con un limite del 100% de
los mismos.
Podran
obtener mas informacion sobre estas ayudas u otras que puedan establecerse con
motivo de la pandemia del COVID-19, a traves del personal tecnico del Centro de
Desarrollo Local del Ayuntamiento de Totana. Las consultas se pueden efectuar a
traves del correo electrónico desarrollolocal@totana.es.